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Nuevas Ayudas Infraestructura Recarga Vehículo Eléctrico

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Miércoles, Enero 24, 2018 Por Raquel Soriano
Ayudas IVACE Vehículo Eléctrico

El IVACE ha convocado una línea de ayudas para la instalación de infraestructuras de recarga para vehículos eléctrico en la Comunidad Valenciana.
Estas ayudas están dirigidas a: Administraciones Públicas, Gestores de Carga reconocidos y Empresas.
El plazo de presentación finaliza el 8 de marzo de 2018.

El apoyo máximo será del 40 % pudiéndose elevar al 50 % en algunos casos. Las ayudas se establecen según la tipología de la estación de recarga.
Siendo de:

Tipología Estación de Recarga Eléctrica 

Coste subvencionable
máximo (€) 

Ayuda Máxima (€)

 Rápida. Tipo 1        

 45.000

 36.000

 Semi-rápida. Tipo 2        

 15.000

 12.000

 Privada. Tipo 3     

  4.000

   3.200

La definición de estos tipos figuran al pie de la noticia. Sólo se aceptarán proyectos iniciados a partir de la fecha de solicitud de la ayuda que se tramitará de forma telemática.

No serán subvencionables los puntos de recarga eléctrica instalados en viviendas y los puntos de recarga destinados específicamente a elevadores, carretillas eléctricas y vehículos eléctricos similares.
El punto de recarga deberá cumplir con la normativa vigente del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, la instrucción técnica ITC-BT-52 y disponer de las autorizaciones correspondientes para ser legalizada.

Página del IVACE con toda la información y documentación necesaria.


Tipo 1. Estaciones de recarga rápida de acceso público para VE. Se considera estación de recarga rápida de acceso público a aquellas con una potencia eléctrica de 50kW (DC) y de 44 kW (AC), que tengan un uso exclusivo para la recarga de vehículos eléctricos, sea accesible por cualquier usuario, no sea de uso privado y esté dotada del correspondiente sistema de conexión del vehículo a la red eléctrica para su carga y gestión. Las características técnicas figuran en el anexo de la convocatoria.

Tipo 2. Estaciones de recarga semi-rápida de acceso público para VE. Se considera estación de recarga semi-rápida de acceso público a aquellas con una potencia eléctrica disponible superior a los 20 kW en corriente continua o alterna, que tengan un uso exclusivo para la recarga de vehículos eléctricos, sea accesible por cualquier usuario, no sea de uso privado y esté dotada del correspondiente sistema de conexión del vehículo a la red eléctrica para su carga y gestión. Las características técnicas figuran en el anexo de la convocatoria.

Tipo 3. Estaciones de recarga vinculadas para VE.
En esta tipología se incluyen todas aquellas estaciones privadas que den servicio de recarga a vehículos eléctricos, no incluidas en las tipologías anteriores.