RDL 37/2020, de medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda
Con fecha de 23 de diciembre se ha publicado en el BOE el RDL 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
La disposición adicional cuarta establece una garantía de agua y energía a consumidores vulnerables, y establece que mientras esté vigente el actual estado de alarma no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, así como a aquellos que, no pudiendo acreditar la titularidad del contrato de suministro, cumplan con los requisitos que dan derecho al reconocimiento de la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo.
Para estos consumidores, el periodo de estado de alarma no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente del pago y la suspensión del suministro por impago.
La entrada en vigor de este RDL es el 23 de diciembre de 2020.