Normativa CPR en las ICT
Desde el día 1 de julio de 2017, los cables destinados a ser incorporados de forma permanente en obras de construcción deben cumplir las prescripciones del Reglamento de Productos de la Construcción (CPR) y disponer del correspondiente marcado CE.
El 3 de octubre de 2019, se publicó en el BOE la: Orden ECE/983/2019, por la que se regulan entre otras las características de reacción al fuego de los cables de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones.
A partir del día 4 de octubre de 2020 todos los cables destinados a instalaciones de ICT (Infraestructura Común de Telecomunicaciones) deben disponer del correspondiente marcado CE con la clasificación de reacción al fuego mínima Dca-s2,d2,a2.
Es recomendable que se generalice lo antes posible la utilización de cables adecuados y debidamente marcados.