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El nuevo marco fotovoltaico tras el RDL 15/2018

Un nuevo horizonte se abre ante el sector fotovoltaico en Espaรฑa, por fin se ve la luz al final del tรบnel. Ante la Directiva Europea de Renovables y su objetivo de elevar al 32% la generaciรณn de las mismas para el aรฑo 2030, la creaciรณn del Ministerio de Transiciรณn Energรฉtica, los incrementos en los costes de energรญa y la mayor concienciaciรณn social por la conservaciรณn del medio ambiente, para muchos de nosotros, era evidente la llegada del Real Decreto-Ley 15/2018 de medidas urgentes para la transiciรณn energรฉtica y la protecciรณn de los consumidoresโ€‹โ€‹โ€‹โ€‹โ€‹โ€‹ (El Deseado).

Si aรฑadimos la reducciรณn de los costes de los paneles fotovoltaicos, un enorme mercado que se abre ante nuestros ojos y es evidente que debemos de subirnos al tren de la energรญa fotovoltaica y empezar a normalizarla en nuestras lรญneas de negocio ofreciรฉndola e instalรกndola. Darle la espalda serรญa un error que muchas de nuestras empresas no se pueden permitir.

ยฟCuรกles son los principales cambios normativos del nuevo Real Decreto-Ley 15/2018?

Pasamos a enumerarlos:

  • El titular de las instalaciones fotovoltaicas pasa de ser โ€œun รบnico titularโ€ a โ€œvarios titularesโ€, con lo que se nos queda la puerta abierta a instalaciones de autoconsumo en colectividades.
  • Sobre la ubicaciรณn de la instalaciรณn pasamos de โ€œestar conectada en el interior de una red de un consumidorโ€ a โ€œinstalaciones prรณximas a las de consumo y asociadas a los mismosโ€, donde la instalaciรณn prรณxima queda en principio definida como โ€œLa que estรฉ conectada a la red interior de los consumidores asociados, estรฉ unida a esta mediante lรญneas directas o estรฉ conectada a la red de baja tensiรณn derivada del mismo centro de transformaciรณnโ€. Cuando se produzca transferencia de energรญa a travรฉs de la red de distribuciรณn en instalaciones prรณximas se aplicarรก algรบn tipo de peaje por el uso de dicha instalaciรณn. En la prรกctica viene a decir que podemos tener una instalaciรณn fotovoltaica a cierta distancia de nuestra instalaciรณn, conectada al mismo centro de transformaciรณn, y utilizar las lรญneas de Iberdrola para โ€œtransportar esta energรญaโ€ a cambio de un pequeรฑo peaje.
  • Se establecen dos modalidades de autoconsumo.
    • Modalidad de suministro con autoconsumo sin excedentes, cuando existan en la instalaciรณn dispositivos fรญsicos que impidan la inyecciรณn de energรญa excedentaria a la red de distribuciรณn. Este tipo de instalaciones se someterรกn รบnicamente al reglamento tรฉcnico correspondiente (en nuestro caso el REBT). Estas instalaciones estรกn exentas de solicitar permisos de acceso y conexiรณn, y por supuesto de todo tipo de peajes e โ€œimpuestos al solโ€.
    • Modalidad de suministro con autoconsumo con excedentes, cuando la instalaciรณn puede inyectar a la red la energรญa excedentaria. Las instalaciones de esta modalidad y potencia inferior a 100KW estรกn exentas de la obligaciรณn de inscripciรณn en el registro administrativo de instalaciones de producciรณn elรฉctrica, si bien las comunidades autรณnomas podrรกn dar de alta de oficio dichas instalaciones en sus registros autonรณmicos de autoconsumo. Queda por definir cuรกl serรก el procedimiento para la remisiรณn de dicha informaciรณn al Ministerio de Transiciรณn Ecolรณgica. Se prevรฉ la confecciรณn de un reglamento donde se indiquen las condiciones administrativas y tรฉcnicas para la conexiรณn a la red de las instalaciones de autoconsumo, que deberรกn de ser proporcional al tamaรฑo de la instalaciรณn. Quedan exentas de solicitar permisos de acceso y conexiรณn todas aquellas instalaciones de autoconsumo de potencia inferior a 15KW.

De todo esto podemos extraer que los trรกmites de legalizaciรณn de todas aquellas pequeรฑas instalaciones de menos de 15Kw (que vendrรก a ser el caso de la mayor parte de pequeรฑos terciarios y viviendas unifamiliares) sin dispositivo de inyecciรณn cero o todas aquellas que dispongan de รฉl, quedan considerablemente simplificados.

  • La energรญa autoconsumida de origen renovable queda exenta de todo tipo de cargo o peaje, ADIOS A LOS IMPUESTOS AL SOL.
  • Los excedentes de energรญa de las instalaciones de autoconsumo se tratarรกn como cualquier otra energรญa procedente de cualquier instalaciรณn de producciรณn, lo cual nos abre la posibilidad de recibir algรบn ingreso por la energรญa inyectada a la red.
  • Se abre la puerta al balance neto cuando se indica que reglamentariamente podrรกn desarrollarse mecanismos de compensaciรณn simplificada entre superรกvits y dรฉficits de energรญa de aquellas instalaciones de autoconsumo menores de 100KW.
  • Reglamentariamente se establecerรก por el Gobierno la configuraciรณn de la medida, que deberรกn de contener estrictamente los elementos necesarios para la correcta facturaciรณn de tarifas, cargos y peajes. Lo cual elimina de facto la instalaciรณn del contador que se utilizaba para medir la producciรณn de la instalaciรณn fotovoltaica de autoconsumo, simplificando la instalaciรณn y reduciendo los costes de la misma.

En grandes lรญneas podemos decir que independientemente de los reglamentos tรฉcnicos de aplicaciรณn del presente Real Decreto-Ley y los procedimientos de inscripciรณn de las instalaciones en los registros autonรณmicos correspondientes, todos ellos pendientes de definiciรณn, se han establecido las lรญneas maestras que claramente nos simplifican los trรกmites y requisitos tรฉcnicos necesarios para poder instalar autoconsumo en Espaรฑa.

Como ya hemos comentado con anterioridad el incremento de los costes de la electricidad es el caldo de cultivo รณptimo para que el prรณximo aรฑo las instalaciones de este tipo comiencen a ser habituales en Pymes y hogares. Segรบn  la  UNEF  (Uniรณn  Espaรฑola  Fotovoltaica),  para  el  prรณximo  aรฑo  se  estima  la instalaciรณn de en torno a 300 MW, de los cuales el 50% se instalarรกn en PYMES y entre un 5 y un 10% en viviendas particulares y el resto en edificios pรบblicos e industriales.

En resumen, se nos pueden dar dos casos:

  • En el caso de las pequeรฑas instalaciones de menos de 15KW sin dispositivo de inyecciรณn cero (que serรกn relativamente fรกciles de encontrar) o cualquier otra donde garanticemos que no inyectaremos excedentes, la normativa ha simplificado sustancialmente su instalaciรณn y regularizaciรณn.
  • El resto de las instalaciones (de entre 15.1 y 100Kw con vertido de excedentes) tambiรฉn se han simplificado, pero ademรกs se abre la puerta a alguna remuneraciรณn por la energรญa producida o, en un futuro un sistema de balance neto.

Con estos datos en la mano ยฟPodemos permitirnos decir que NO a instalar fotovoltaica de autoconsumo?

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