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El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española nos proporciona cuatro entradas para la palabra “responsabilidad”:

  1. Cualidad de responsable.
  2. Deuda, obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otra persona, a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal.
  3. Cargo u obligación moral que resulta para alguien del posible yerro en cosa o asunto determinado.
  4. Der. Capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.

Por otro lado, la Wikipedia, la enciclopedia libre, sobre el término “responsabilidad civil” hace la siguiente definición:

“Es la obligación que recae sobre una persona de cumplir su obligación (responsabilidad contractual) o de reparar el daño que ha causado a otro (responsabilidad extracontractual), sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios”.

¿Por qué hablamos ahora de la responsabilidad civil?

Pues porque para ejercer como empresa instaladora electricista, entre otros requisitos legales, se exige tener suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por una cuantía mínima de 600 mil euros para la categoría básica y de 900 mil para la categoría especialista.

¿Vale cualquier tipo de seguro?

Esto es lo que vamos a tratar de desentrañar con la inestimable colaboración de nuestra correduría de seguros Suarez Consultores, y en la que vamos a definir las distintas responsabilidades que la póliza colectiva suscrita por APEME incluye en todos los casos para nuestras empresas asociadas. Haremos una pequeña descripción de las exclusiones de la póliza, y lo que es muy importante las “franquicias” que se asumen en caso de siniestro por ser éstas básicas a la hora de contratar un SRC pues una cifra elevada en las franquicias supone la no cobertura de una parte considerable de los siniestros. Finalizaremos comentando el modo de proceder en el caso de que nuestra empresa sufra un siniestro.

Veamos de forma lo más sencilla posible los distintos tipos de responsabilidad civil en los que podemos incurrir y que en el caso de no estar adheridos a la póliza de APEME, que sí cubre todas ellas, convendría analizar para saber si nos encontramos correctamente asegurados.

PRINCIPALES COBERTURAS CONTRATADAS:

RC de Explotación

Ampara la Responsabilidad Civil que pueda derivarse para el Asegurado por los daños materiales, personales y perjuicios a consecuencia de ellos, ocasionados involuntariamente a terceros por el desarrollo de la actividad asegurada.

RC Patronal

Ampara al Asegurado frente a reclamaciones presentadas por su personal asalariado o sus derechohabientes, a causa de daños corporales o muerte de dicho personal, que sean consecuencia de accidentes de trabajos sufridos en el ejercicio de sus funciones

RC Post Trabajos

Queda cubierta la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de daños causados por las obras, montajes o trabajos que hubiese ejecutado, después de la recepción provisional o definitiva de los mismos por sus destinatarios. De duración ilimitada mientras la póliza esté en vigor, una vez extinguida, hasta 3 años después de su terminación o entrega.

RC Subsidiaria de Subcontratistas

Se garantizan las reclamaciones que se dirijan contra el asegurado por daños que causen sus contratistas o subcontratistas, siempre y cuando su póliza de Responsabilidad Civil resulte insuficiente.

RC Cruzada

Ampara la Responsabilidad Civil que pudiera corresponder al asegurado por accidentes sufridos por los empleados del contratista y subcontratista, siempre que se encuentren asimismo incluidos en nómina y oportunamente registrados a los efectos del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo.

RC Locativa

Se ampara la responsabilidad civil del asegurado por los daños que pueda ocasionar al local arrendado como consecuencia del ejercicio de su actividad.

RC Inmobiliaria

Se ampara la Responsabilidad Civil del asegurado derivada de la propiedad de terrenos, edificios, locales e instalaciones dedicados a la actividad objeto del seguro.

RC de Daños a Objetos Confiados

Se amparan las reclamaciones por los daños materiales causados a los objetos confiados al asegurado por sus clientes con objeto de ser reparados. Se aclara que la cobertura se extiende también al robo de los objetos incluso la tentativa de robo.

RC  por mercancías transportadas .

Siempre que se trate de mercancias "No Peligrosas".

RC por Contaminación Accidental

Ampara la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el asegurado por daños y perjuicios derivados de contaminación medioambiental causada a terceros, exclusivamente la contaminación accidental súbita e imprevista que el asegurado ocasione de forma fortuita y ajena a su voluntad.

RC Profesional

Se cubre la Responsabilidad Civil de los técnicos en plantilla del Asegurado por la elaboración de proyectos, estudios y dictámenes, siempre y cuando se trate de obras o proyectos cuya ejecución la lleve a cabo el asegurado

Defensa y Fianzas

Quedan amparados los gastos de Defensa Judicial y Fianzas que fueran necesarias para la defensa de sus intereses frente a reclamaciones de terceros.

PRINCIPALES EXCLUSIONES:

Objeto Trabajado

No queda cubierta la RC de los daños causados a las obras o instalaciones objeto de los trabajos.

Daños indirectos

No queda cubierta la RC de los perjuicios económicos que no sean consecuencia directa de un daño corporal o material indemnizable por la póliza.

Responsabilidades contractuales

Tales como indemnizaciones por ejecución no conforme de trabajos, errores en la elección y entrega de materiales, demoras en la entrega de la obra, etc.

Daños Dolosos

Están expresamente excluidos los daños causados dolosa o voluntariamente

 

FRANQUICIA:

Es la cantidad que se deducirá de la indemnización que corresponda en caso de siniestro y que irá a cargo del Asegurado.

Las franquicias que se aplicarán en la póliza colectiva de APEME son las siguientes:

General

10% del daño con un mínimo de 150 € y un máximo de 1.500 €.

Trabajos de zanjeo

20% del daño con un mínimo 300 € y un máximo de 3.000 €.

Contaminación Accidental

3.500 €

Trabajos en la Unión Europea

2.500 €.

CÓMO ACTUAR EN CASO DE SINIESTRO, SI TIENE CONTRATADA LA POLIZA APEME:

En caso de siniestro es aconsejable aplicar las siguientes tres recomendaciones para una rápida y satisfactoria tramitación del expediente que garantizará la correcta indemnización de los daños así como la mejor defensa de sus intereses como asociado de APEME:

  1. El primer paso es siempre intentar minimizar el alcance de los daños, y posteriormente
  2. Informar lo más rápidamente posible a SUAREZ CONSULTORES CORREDURÍA DE SEGUROS acerca de la ocurrencia del siniestro. Esta comunicación la pueden realizar telefónicamente o por correo electrónico identificándose como asociado de APEME en:
    Responsable: Bárbara Peris
    Tel.: 963618161 (ext.405)    Fax: 963622536       barbara@suarezconsultores.com

    Como precaución básica NUNCA ASUMA LA RESPONSABILIDAD de la empresa o de sus trabajadores ante un siniestro frente al cliente hasta que no se hayan analizado por los profesionales a su servicio los antecedentes y circunstancias del siniestro.

  3. Para facilitar la comunicación del siniestro es aconsejable que prepare la siguiente información:
    • Sus datos como asegurado de APEME: Nombre, domicilio, correo electrónico y teléfono de contacto.
    • Datos del perjudicado, es decir, quien ha sufrido los daños. Nombre, domicilio teléfono de contacto.

    • Fecha y lugar de ocurrencia, así como una breve descripción de los trabajos que se encontraban realizando y cómo se han ocasionado los daños.

    • Relación de los daños causados, y una valoración aproximada de los mismos.

      Si se trata de una reclamación judicial relacionadas con un siniestro es especialmente urgente que lo comunique cuanto antes a SUAREZ CONSULTORES, a fin de coordinar la designación de letrado y tomar todas las medidas necesarias para garantizar la mejor defensa de sus intereses.

  4. Es aconsejable conservar las piezas u objetos que se reparen y efectuar fotografías de los daños causados, para ayudar al perito de la compañía a comprobar los daños y su origen.

Una vez comunicado el siniestro se activará el protocolo de actuación y nuestra correduría coordinará todas las acciones necesarias para la comprobación de las circunstancias del siniestro, valoración de los daños a través del gabinete pericial experto en la materia y oferta de indemnización a los perjudicados. El asociado de APEME estará en todo momento asistido, asesorado e informado del estado de tramitación del siniestro hasta la completa resolución del mismo.

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