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Recopilación de medidas adoptadas por Feníe Energía frente al COVID-19

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Miércoles, Abril 15, 2020 Por Raquel Soriano
Recopilación de medidas adoptadas por Feníe Energía frente al COVID-19

Modificación o suspensión temporal del contrato de suministro de electricidad o gas en autónomos y empresas:
En aplicación del RD-Ley 11/2020, las empresas (grandes y PYMES) o autónomos podrán solicitar una baja temporal del suministro de electricidad o gas mientras esté vigente el estado de alarma.  De igual manera, podrán realizar modificaciones de los parámetros de contratación (potencia, tarifa) durante el período de alarma. No será necesario acreditar el mantenimiento de las condiciones eléctricas de seguridad en instalaciones de más de 20 años, y no se exigirá certificado de instalación eléctrica, tras la reactivación del suministro o modificación de potencia siempre que no se supere la potencia inicialmente contratada. Si quieres puedes ampliar la información en la noticia: Flexibilización contratos suministro electricidad.

Se habilita un procedimiento para realizar esta modificación, que contará con una solicitud específica que debe de rellenar y firmar el cliente acompañada de la documentación que acredite la condición de Autónomo o de PYME. Se solicitará a la distribuidora correspondiente, esa baja temporal.

Fraccionamiento de facturas de suministros de electricidad y gas para autónomos y pymes:

  • Los clientes PYMES (no gran empresa) o autónomos podrán solicitar la suspensión de los cargos de las facturas de consumos de electricidad o gas que estén dentro del periodo de duración del estado de alarma (desde el 15/03 hasta que finalice). Las facturas seguirán emitiéndose de la manera habitual pero su pago será aplazado.
  • Ese aplazamiento de cargos se repercutirá en los siguientes seis meses, tras la finalización del estado de alarma, en cuotas mensuales iguales. Durante este periodo el suministro no se podrá cambiar de comercializadora.  El fraccionamiento de facturas es compatible con la modificación temporal del contrato de suministro y/o de gas. 

Fraccionamiento de facturas de suministros de electricidad y gas para otro tipo de clientes:

  • Como medida de apoyo de Feníe Energía en estos momentos tan delicados, en aquellos clientes que lo soliciten, aunque no pertenezcan al colectivo anterior, analizaremos la viabilidad de fraccionar la factura.
  • El fraccionamiento consistirá en dividir el importe de la factura en seis cuotas. Se remesará el día 5 de cada mes, iniciando la primera cuota el 5 de mayo.

No corte ante impagos de suministros de electricidad o gas:

  • En Feníe Energía se adoptó la decisión de paralizar todas las órdenes de cortes por impago desde el primer día del estado de alarma. No obstante, sí que se están enviando las cartas de requerimientos de pago, dado que son comunicaciones que estamos obligados a realizar.  Más adelante, cuando se tengan que reiniciar los cortes de suministro, será necesario haber enviado dichas comunicaciones.
  • Durante la duración del estado de alarma no computarán plazos a efectos de corte de suministro una vez acabado el estado de alarma, no se cortará a los clientes de manera inmediata, se prorrogará el plazo tantos días como haya estado vigente el estado de alarma.

Bono social eléctrico:

  • El Real Decreto-ley 11/2020 ha aumentado los límites económicos y los casos para acogerse al bono social eléctrico, ampliándolo a trabajadores autónomos que hayan visto afectada su actividad como consecuencia del COVID-19 (cese de actividad o reducción de su facturación).
  • Es el cliente el que debe de realizar la contratación y justificación de cumplimiento de los requisitos previstos para contratar dicho servicio a través de la Comercializadora de referencia.

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