En el dรญa de hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situaciรณn de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Modificaciรณn de los supuestos de obligatoriedad del uso de mascarillas.
Las personas de seis aรฑos en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
- En los centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepciรณn de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitaciรณn.
- En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estรฉn en zonas compartidas.
- En los medios de transporte aรฉreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, asรญ como en los transportes pรบblicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por nรบcleos de convivientes.
En el entorno laboral, con carรกcter general, no resultarรก preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevenciรณn de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluaciรณn de riesgos del puesto de trabajo, podrรกn determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si asรญ se derivara de la referida evaluaciรณn.
Entrada en vigor: 20 de abril de 2022.
Han derivado a los Servicios de Prevenciรณn de Riesgos Laborales, el establecimiento del nuevo protocolo que determine si sigue siendo obligatorio o no llevar mascarilla en el interior de los centros de trabajo, por ello podรฉis descargar la circular de OTP prevenciรณn de riesgos laborales, sobre los recientes cambios en el uso de las mascarillas.