Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Entrada en vigor: 1 de enero del 2023.
El Real Decreto Ley establece un sistema de abono de cuotas vinculado al nivel de ingresos de los trabajadores, que se irá instaurando en diferentes fases. El objetivo final, a partir de 2032, es establecer un sistema definitivo donde no se cotice entre el mínimo y el máximo de las bases, sino únicamente por los ingresos reales en un sistema parecido al del trabajador por cuenta ajena.
Mientras tanto, se ha establecido un mecanismo variable que genera hasta 15 tramos en función de los ingresos previstos con una cotización mínima de 230 euros, para rentas inferiores a los 670 euros, y una máxima de 500 euros para aquellos que ingresan más de 6.000 euros. Esta tabla de cotización irá variando desde 2023, año en el que entrarán en vigor para ajustarse paulatina, con cotizaciones cada vez más bajas a quienes ingresan menos y con incrementos paulatinos para los de mayor ingreso hasta el 2025.
En 2025, se prevé que la cuota mínima se fije en los 200 euros, lo que supone una rebaja frente a la cuota actual de 94 euros. La cotización para aquellos trabajadores en el sistema RETA de mayor ingreso aumentará de manera proporcional, situando en 2025 en los 590 euros.
Este sistema de cotización del trabajador RETA pretende mejorar las prestaciones, por ejemplo, en el caso de cese de actividad. En este supuesto, se amplía los supuestos a los que tendría un trabajado para acceder al conocido como ‘paro del autónomo’.
Además, introduce una deducción por gastos genéricos del 7% para los autónomos individuales y del 3% en el caso de tratarse de societarios. En 2023, se elimina el tope para los trabajadores de 47 años para cotizar al máximo, puesto que el espíritu del acuerdo trata de ajustar ingresos a cotizaciones.