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¿Qué actividad del sector de las instalaciones se pueden continuar desarrollando después de la publicación del RD Ley 10/2020?

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Martes, Marzo 31, 2020 Por Raquel Soriano
FENIE
  • ¿Qué actividad del sector de las instalaciones se pueden continuar desarrollando después de la publicación del RD Ley 10/2020?
  • ¿Cómo afecta a los autónomos la publicación del RD Ley 10/2020?
  • ¿Es necesario algún tipo de documento para poder desplazarse a trabajar?

Después de la publicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 y la Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo os enviamos algunas aclaraciones que nos traslada el departamento jurídico de FENIE, AGM Abogados.

Descarga el: Informe.