El IVACE lanza una línea de ayudas para instalación de energías renovables aisladas con plazos muy ajustados
Recordemos que las “instalaciones aisladas” son aquellas que no tienen contrato de suministro eléctrico, y que éstas no están reguladas por el famoso RD 900/2015 y cuantas disposiciones se refieren. Aunque sí requieren de la tramitación administrativa como “instalación eléctrica de baja tensión de generación aislada”
Características básicas:
- Plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, hasta el 16 de Noviembre de 2016.
- Destinado a empresas (incluido autónomos), pequeñas, medianas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y organizaciones sin ánimo de lucro.
- Las instalaciones deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Los justificantes de gasto y pago deberán ser posterior a la misma.
- El plazo máximo de justificación será el 23 de diciembre de 2016 para las instalaciones fotovoltaicas aisladas, eólica y minihidráulica, y antes del 31/05/2017 para el resto.
- Las ayudas son a fondo perdido con porcentajes de hasta el: 45%, 55%, o 65% dependiendo del tipo de solicitante.
- La solicitud se realiza vía telemática.
Se excluyen de estas ayudas a particulares (personas físicas), y a las ESE’s (Empresas de servicios energéticos). Los plazos son muy ajustados y la ayuda difícil de aprovechar salvo por aquellos que tuviesen el proyecto de diseño en una fase muy avanzada.