Como consecuencia de la no convalidaciรณn del โReal Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Socialโ por el Parlamento el pasado 27 de Enero, recientemente se ha publicado en el BOE el โReal Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiaciรณn territorialโ en el que, entre otras, se vuelven a incluir medidas de รกmbito energรฉtico que resultan de interรฉs para el colectivo de empresas instaladoras y que resumimos a continuaciรณn.
- Deducciones fiscales en el impuesto sobre la renta de las personas fรญsicas por obras de mejora de eficiencia energรฉtica en viviendas y edificios de uso predominante residencial, con porcentajes que pueden oscilar entre el 20%, 40% o 60% en funciรณn del tipo de actuaciรณn.
- Deducciones del 15% en el IRPF por la adquisiciรณn de vehรญculos elรฉctricos enchufables o de pila de combustible y por la instalaciรณn de puntos de recarga en inmuebles de propiedad del contribuyente.
- Se mantiene la libertad de amortizaciรณn en el impuesto de sociedades para inversiones en instalaciones que utilicen energรญa procedente de fuentes renovables y en infraestructuras de recarga de vehรญculos elรฉctricos asociadas a actividades econรณmicas.
Os facilitamos el RD-L 2/2026 en el que podrรฉis encontrar las distintas medidas resumidas anteriormente de forma detallada.
