Autoconsumo, ayudas del IVACE

Autoconsumo, ayudas del IVACE

El objeto de esta resoluciรณn del IVACE es la implementaciรณn de ayudas destinadas al fomento de las instalaciones de autoconsumo de energรญa elรฉctrica en la industria valenciana. Este apoyo se concreta en la financiaciรณn de estas instalaciones a interรฉs del 0 %.

Los plazos de presentaciรณn de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentaciรณn de solicitud

Inicio de los proyectos

Periodo subvencionable de gastos

Fecha mรกx. de justificaciรณn de los proyectos

Desde el 10/07/2017 hasta 15/09/2017

Posterior a la presentaciรณn de la solicitud de ayuda

 Desde el dรญa siguiente al registro de entrada de la solicitud, hasta el 01/06/2018

01/06/2018

 

Las bases y condiciones de estas ayudas pueden consultarlas en el DOGV nยบ 8069 de fecha 23/06/2017, y en la pagina web del IVACE: https://goo.gl/FA5Ep8

Caracterรญsticas  de esta subvenciรณn:

Beneficiarios: Empresas, (incluidas las individuales), Ayuntamientos, y cualquier entidad o persona jurรญdica, con sede en la Comunitat Valenciana, a excepciรณn de las comunidades de propietarios de viviendas.

Actuaciones apoyables: Financiaciรณn de proyectos de instalaciones de autoconsumo de energรญa elรฉctrica a partir de energรญas renovables o energรญas residuales. Las instalaciones deberรกn cumplir lo establecido en el Real Decreto 900/2015.

Tipo de ayuda: Consistirรก en la concesiรณn de un prรฉstamo bonificado, al 0%  en su tipo de interรฉs sobre los costes subvencionables.

Caracterรญsticas del prรฉstamo bonificado:

  1. Importe mรกximo del prรฉstamo: 300.000 โ‚ฌ.
  2. Porcentaje mรกximo financiable de la inversiรณn: 100% de la inversiรณn.
  3. Comisiones: sin comisiones de estudio ni apertura de la operaciรณn.
  4. Garantรญas: a los Ayuntamiento no se le solicitan. Las empresas deberรกn de garantizar el 50% del importe del prรฉstamo en metรกlico o aval financiero.
  5. Periodo mรกximo de amortizaciรณn del prรฉstamo: 10 aรฑos

Los costes elegibles que se considerarรกn en el cรกlculo

  1. Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversiรณn de la energรญa, sistema de control y regulaciรณn, equipo de medida de energรญa generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
  2. Esta resoluciรณn determina unos costes de referencia por Kwp de potencia a instalar que incluye todos los componentes, equipos asรญ como la tramitaciรณn de la legalizaciรณn de la instalaciรณn.
  3. Obra civil estrictamente necesaria y vinculada a la instalaciรณn.
  4. Instalaciones de evacuaciรณn de energรญa hasta el punto de conexiรณn.
  5. Costes de tramitaciรณn administrativa de las instalaciones e inscripciรณn en los registros de autoconsumo y de producciรณn de energรญa elรฉctrica.
  6. En su caso, costes de redacciรณn de proyectos, estudios de seguridad y salud y direcciรณn de obra, si se trata de contrataciones externas.

La suma de los costes elegibles del proyecto a financiar deberรก ser superior a 10.000 euros.

Solo se considerarรกn apoyables:

  • los proyectos y/o instalaciones que estรฉn constituidos por equipos nuevos. Los equipos principales,  generador y equipo conversor de energรญa, deben de haber sido fabricados en la Uniรณn Europea.
  • las instalaciones de autoconsumo cuyo titular coincida con el titular del punto de suministro.

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