El Tribunal Supremo da un varapalo a las Distribuidoras

Competencia
  • El Tribunal Supremo anula un apartado del RD 1048/2013, que permitía a la compañía distribuidora a remitir el primer presupuesto al cliente que precisará realizar una nueva instalación eléctrica o una ampliación de la misma. De esta forma, las empresas de instaladoras eléctricas se encontraban en una situación de desventaja frente a la distribuidora y sus instaladores subcontratados.
  • El Tribunal estima el recurso y anula dicho artículo al considerar que no permite competir en igualdad de condiciones a las empresas instaladoras
  • La CNMC insiste en la necesidad de que las Administraciones Públicas cumplan los principios de regulación económica eficiente y de libre competencia en todo el proceso de elaboración normativa
  • La Sentencia confirma el daño para la competencia que se ha esgrimido desde hace tiempo en diversos expedientes sancionadores. En concreto, por abuso de posición de dominio de las distribuidoras de grupos verticalmente integrados en los mercados conexos de instalaciones.

Más información en la Nota de Prensa de la CNMC:

https://www.cnmc.es/2017-06-21-el-tribunal-supremo-anula-instancias-de-la-cnmc-un-apartado-del-real-decreto-10482013-de

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