Tablas salariales 2011/2012 Convenio Colectivo Provincial Industria Siderometalúrgica

En el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOPA), nº 114 de hoy 16 de junio de 2014, aparece publicada la Resolución de la Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo por la que se dispone el registro oficial y publicación de las tablas definitivas para los años 2011 y 2012, respecto del convenio colectivo provincial Industria Siderometalúrgica Código de Convenio 03000375011982.

En archivo adjunto les acompañamos la Resolución indicada del BOPA, del que queremos destacarles lo siguiente:

«Con respecto a las tablas salariales definitivas de 2011, el IPC definitivo a 31 de diciembre de 2011 fue del 2,4%, por lo que corresponde aplicar una revisión del 0,9%, con devengo de atrasos únicamente en los meses de octubre, noviembre y diciembre, así como la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2011».

«En cuanto a las tablas salariales de 2012, se acuerda aplicar un incremento del 2% sobre las tablas definitivas de 2011 y con efectos desde el 1 de enero de 2012».

«Para el año 2012, las partes acuerdan dar por definitivas las tablas confeccionadas según el párrafo anterior y renuncian expresamente a la aplicación de la revisión salarial contemplada en el artículo 53 del convenio colectivo de la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Alicante, para el año 2012 y elevan a definitivas las tablas salariales para 2012. En lo que respecta a lo que dispone el artículo 15 del Convenio en relación con los incentivos, estos no generan atrasos en el año 2011 y se incrementan a partir del 1 de enero de 2012 en un 2,9%».

«Para aquellas empresas que a la fecha de publicación del presente acuerdo no hubieran aplicado la revisión salarial del 0,9% para 2011 y el incremento salarial del 2% para 2012, o hubieran realizado entregas a cuenta, se concede un aplazamiento de pago para el abono de los atrasos que se produzcan como consecuencia de la aplicación de las tablas salariales definitivas de los años 2011 y 2012 y estos atrasos se abonarán en cuatro plazos de igual cuantía a contar desde la fecha de publicación de la presenta acta hasta el 31 de diciembre de 2015, que se harán efectivos de la siguiente forma:

1º Plazo. En los 30 días siguientes a la publicación de este acta en el BOPA.

2º Plazo. Antes del 31 de Diciembre del 2014.

3º Plazo. Antes del 30 de junio del 2015.

4º Plazo. Antes del 31 de Diciembre del 2015.

No obstante, las empresas podrán optar voluntariamente por abonar estos atrasos de una sola vez antes del 31 de diciembre de 2014″

En cuanto se produzca la publicación en el BOPA, del nuevo Convenio Colectivo para la Industria, los Servicios y las Tecnologías del Sector del Metal de la provincia de Alicante para el periodo 2013/2016, se lo haremos llegar.

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