El Boletรญn Oficial de la provincia de Alicante nยบ 198, de 17 de octubre de 2013, publica la Resoluciรณn de la Direcciรณn Territorial de Economรญa, Industria, Turismo y Empleo por la que se dispone el registro oficial y publicaciรณn del Convenio Colectivo provincial del comercio metal.
El Convenio tendrรก una vigencia de dos aรฑos, desde el dรญa 1 de enero de 2013, hasta el dรญa 31 de diciembre de 2014. Los efectos econรณmicos y sociales comenzarรกn a regir a partir del dรญa uno de enero de 2013.
La jornada laboral durante la vigencia del presente Convenio serรก de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo. La jornada laboral semanal no excederรก de 40 horas. El nรบmero de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrรก ser superior a 9 horas diarias. Todo el personal afectado por el Convenio, disfrutarรก de un periodo anual retribuido de vacaciones, de treinta y un dรญas naturales.
Con carรกcter enunciativo no exhaustivo se incorpora como Anexo I una relaciรณn de actividades econรณmicas que se incluyen en el convenio. A pesar de que este Convenio, no afecta a la mayorรญa de las empresas asociadas de APEME al referirse al comercio del metal, y no a la industria del metal que con carรกcter general es el de aplicaciรณn en la empresa de instalaciones elรฉctricas, hemos considerado conveniente remitirles esta informaciรณn.
En el Anexo II se reflejan las Tablas Salariales vigentes desde el 1 de enero de cada aรฑo, para los ejercicios de 2013 y 2014, del Convenio del Comercio del Metal.
Adjuntamos un archivo con el texto รญntegro del Boletรญn oficial de la provincia de Alicante en el que se recoge la Resoluciรณn indicada.