El Boletín Oficial de la provincia de Alicante nº 198, de 17 de octubre de 2013, publica la Resolución de la Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo por la que se dispone el registro oficial y publicación del Convenio Colectivo provincial del comercio metal.
El Convenio tendrá una vigencia de dos años, desde el día 1 de enero de 2013, hasta el día 31 de diciembre de 2014. Los efectos económicos y sociales comenzarán a regir a partir del día uno de enero de 2013.
La jornada laboral durante la vigencia del presente Convenio será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo. La jornada laboral semanal no excederá de 40 horas. El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a 9 horas diarias. Todo el personal afectado por el Convenio, disfrutará de un periodo anual retribuido de vacaciones, de treinta y un días naturales.
Con carácter enunciativo no exhaustivo se incorpora como Anexo I una relación de actividades económicas que se incluyen en el convenio. A pesar de que este Convenio, no afecta a la mayoría de las empresas asociadas de APEME al referirse al comercio del metal, y no a la industria del metal que con carácter general es el de aplicación en la empresa de instalaciones eléctricas, hemos considerado conveniente remitirles esta información.
En el Anexo II se reflejan las Tablas Salariales vigentes desde el 1 de enero de cada año, para los ejercicios de 2013 y 2014, del Convenio del Comercio del Metal.
Adjuntamos un archivo con el texto íntegro del Boletín oficial de la provincia de Alicante en el que se recoge la Resolución indicada.