En archivo adjunto bajo esta noticia les informamos de la RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2010, publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana de hoy día 15 de Marzo de 2010, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2010, destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética.
Detallamos la información referida a los establecimientos comerciales que deseen adherirse a la campaña del Plan Renove de Aire Acondicionado para el año 2010:
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de adhesión a la campaña del Plan Renove de Aire Acondicionado 2010 (Establecimientos) (AVEN).
Objeto del trámite
La Agencia Valenciana de la Energía, dentro del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2008-2012, convoca ayudas para la adquisición e instalación de aparatos de aire acondicionado doméstico de clasificación energética A, que se realicen para sustituir equipos antiguos de aire acondicionado en la Comunitat Valenciana.
- ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los comercios interesados en participar y colaborar en la campaña.
- Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
La cuantía de ayuda individual para cada aparato será la siguiente:
– Equipos sólo frío o bomba de calor 2 <= Pf < 5: 150 Euros
– Equipos sólo frío o bomba de calor 5 <= Pf < 10: 350 Euros
– Equipos sólo frío o bomba de calor 10 <= Pf <= 12: 500 EurosLa cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio de la instalación superior al 25%, por lo que se deberá reducir, en su caso, la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio de la instalación, el precio del equipo y su montaje, IVA no incluido.
- ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Ya se encuentra abierto el plazo de adhesión para los comercios.
La fecha fin de campaña será el 30 de septiembre de 2010, o en el momento de agotamiento de la cuantía económica asignada a esta convocatoria. Si tal circunstancia se produjera con anterioridad a la duración máxima mencionada, se suspenderá la concesión de las ayudas mediante publicación en el DOCV.
- ¿Dónde dirigirse?
REGISTRO DE LA AGENCIA VALENCIANA DE ENERGÍA (AVEN)
C/ COLÓN, 1
46004 Valencia
Tel: 963427900
- ¿Qué documentación se debe presentar?
Para la adhesión:
– Presentación de la ficha de adhesión y documentación requerida.
– Las adhesiones podrán realizarse conjuntamente por parte de una cadena de comercios, o una asociación de comercios, pero deberán en todo caso incluirse la relación de los comercios que aglutina esa adhesión, así como los datos de estos comercios, incluyendo CIF y número de cuenta bancaria, a efectos de realizar los pagos de las ayudas. Además, cada comercio deberá inscribir en la adhesión, aquellas empresas instaladoras registradas en industria, con los que trabaja y que vayan a realizar los cambios de equipos de aire acondicionado. Los comercios deberán acreditar que sus instaladores están registrados en la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación como empresa instaladora de climatización o empresa instaladora RITE. Estos instaladores deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana.
- ¿Cómo se tramita?
Pasos
Para la adhesión:
– Presentación de la ficha de adhesión y documentación requerida.
– Las adhesiones podrán realizarse conjuntamente por parte de una cadena de comercios, o una asociación de comercios, pero deberán en todo caso incluirse la relación de los comercios que aglutina esa adhesión, así como los datos de estos comercios, pagos de las ayudas.
– Además, cada comercio deberá inscribir en la adhesión, aquellas empresas instaladoras registradas en industria, con los que trabaja y que vayan a realizar los cambios de equipos de aire acondicionado.
– Los comercios deberán acreditar que sus instaladores están registrados en la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación como empresa instaladora de climatización o empresa instaladora RITE. Estos instaladores deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana.
Para la percepción de la ayuda:
– Examinada la documentación a aportar, si ésta no reúne los requisitos exigidos se requerirá al comercio para que en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe la documentación necesaria con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de la solicitud.
- ¿Qué recursos proceden contra la resolución?
Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
- Información complementaria
* ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
– Se considera como actividad susceptible de ayuda, la adquisición e instalación de aparatos de aire acondicionado doméstico de clase A que se realice para sustituir equipos antiguos de aire acondicionado.
– Los nuevos equipos de aire acondicionado deberán ser instalaciones individuales, que trabajen en modo frío o en modo frío/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración menor o igual de 12 kW, según RD 142/2003, y con altas prestaciones energéticas según la siguiente clasificación:
. Aparatos divididos con una o más unidades interiores, tipo split, multi-split o bomba de calor partida, refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor).
. Aparatos compactos refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor).
– No serán subvencionables los aparatos de conducto único, incluido tipo portátiles o pingüino.
Los equipos de aire acondicionado domésticos objeto de estas ayudas tendrán como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.
– Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de un único equipo de aire acondicionado (un único compresor) y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de clase A. No se considerará renovación cuando el aparato antiguo sea de conducto único.
– Con el objeto de garantizar desde el punto de vista de eficiencia energética, la idoneidad de equipos de aire acondicionado incentivados mediante la presente campaña, se establecerá una relación con las marcas y modelos subvencionables que se encontrarán disponibles en la web siguiente: www.planrenoveaven.es.Obligaciones
Son obligaciones de los comercios adheridos:
a) Retirar los equipos de aire acondicionado sustituidos sin coste adicional para el beneficiario final y tratar este residuo. En este sentido, el comercio deberá poseer un convenio o contrato de servicios con una empresa gestora de residuos conforme a lo establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos, electrónicos
y la gestión de sus residuos. El comercio deberá certificar la entrega del equipo de aire acondicionado para ser reciclado, de manera que una vez ejecutada la medida el número de equipos subvencionados sea igual al de entregados.
b) Realizar el descuento de la ayuda siempre en el momento de la venta y entregar a los beneficiarios de las ayudas, el correspondiente cuerpo del bono de ayuda como justificante de la ayuda recibida, así como la factura original del equipo adquirido donde conste el descuento realizado en concepto de la ayuda.
c) Utilizar fielmente la imagen de la campaña de comunicación establecida por la Agencia Valenciana de la Energía para el desarrollo de la misma, incluirla en todos los elementos promocionales de los comercios adheridos sin confundirla con otras promociones propias del comercio, identificando claramente en cada producto el precio del artículo antes de aplicar el descuento de la ayuda y una vez aplicada esta.
d) Seguir la metodología y procedimientos que se definen para el desarrollo de la campaña, y aceptar las resoluciones que en caso de duda o litigio decida la Comisión de Control y Seguimiento de la Campaña.
e) Colaborar activamente en la difusión y apoyo de los objetivos de la campaña relativos a:
– Dar a conocer y difundir la existencia de los equipos de aire acondicionado con clasificación energética A.
– La sensibilización hacia el ahorro y la eficiencia energética.
f) Participar en las sesiones de formación/comunicación que se organicen por parte de la AVEN o en su nombre, en las que se explicará el contenido de la campaña y la finalidad de misma.
g) Tramitar, cumplimentar y remitir a la oficina de campaña, sin coste alguno para el beneficiario, los correspondientes bonos de ayudas y documentación complementaria según las condiciones que se establecen en la resolución de 21 de febrero de 2010 del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía.
g) Someterse a las actuaciones de control que lleve a cabo la Agencia Valenciana de la Energía y a las actuaciones de control financiero que realicen la Intervención General de la Generalitat y la Sindicatura de Comptes.
- Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
– Resolución de 10 marzo de 2009, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2009, destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética (DOCV nº 5984, de 30/03/09).
– Corrección de errores de la Resolución de 10 de marzo de 2009, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2009, destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética (DOCV nº 6027, de 03/06/09).
– Resolución de 10 de junio de 2009, de la Agencia Valenciana de la Energía (AVEN), por la que se establece la fecha de inicio de la campaña de ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2009 (DOCV nº 6037, de 17/06/09).
– Resolución de 21 de febrero de 2010, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan
ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2010,destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética (DOCV nº 6226, de 15/03/2010).Lista de normativa
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.