Firmado el Convenio de la Industria del Metal de Alicante

Convenio Colectivo

El viernes 30 de mayo, los sindicatos MCA-UGT PV, la Federaciรณn de Industria de CCOO del Paรญs Valenciร  y la Federaciรณn de Empresarios de Metal de Alicante suscribieron el Acta del Convenio Provincial de Industria Siderometalรบrgica de Alicante con la firma de las tablas salariales definitivas de 2011 y 2012 que supone la aplicaciรณn de una revisiรณn salarial del 0ยด9% para los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre y la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre del 2011 y un incremento salarial del 2% sobre las tablas definitivas del 2011, con aplicaciรณn desde el 1 de Enero de 2012.

Con respecto al artยบ. 15 del Convenio sobre incentivos, estos no generaran atrasos en el 2011 y se aplicarรก un incremento del 2ยด9% con efectos desde el 1 de enero de 2012.

Este acuerdo supone el compromiso por parte de UGT y CCOO a renunciar a la demanda interpuesta ante el Juzgado de lo Social por inaplicaciรณn de la revisiรณn salarial y del incremento salarial para 2011 y 2012, y a la realizaciรณn de cualquier acciรณn judicial derivada de tales sentencias.

Tambiรฉn se ha firmado el Convenio de Industria Siderometalรบrgica de Alicante para 2013-2016 que cambia su denominaciรณn como Convenio Colectivo para la Industria, los Servicios y las Tecnologรญas del Sector del Metal de la provincia de Alicante y que tiene, entre otras, las siguientes condiciones:

INCREMENTOS SALARIALES: Los aรฑos 2013 y 2014 no tienen incremento salarial. El aรฑo 2015: 1ยด5 %. El aรฑo 2016: 1ยด3 %. Para las empresas que a fecha de publicaciรณn de este acuerdo no hubieran abonado los incrementos salariales pactados o hubieran realizado entregas a cuenta, se concede un aplazamiento del pago para el abono de los atrasos de cuatro plazos de igual cuantรญa a contar desde la fecha de publicaciรณn del presente acta hasta el 31 de Diciembre de 2015 y se harรกn efectivos de la siguiente forma:

1ยบ plazo: En los 30 dรญas siguientes a la publicaciรณn de este acta en el Boletรญn Oficial. 2ยบ plazo: antes del 31 de Diciembre de 2014. 3ยบ plazo: antes del 30 de Junio de 2015. 4ยบ plazo: antes del 31 de Diciembre de 2015. Las empresas podrรกn optar por el abono en una sola vez antes del 31 de Diciembre de 2014.

No teniendo revisiรณn salarial durante los aรฑos 2013, 2014, 2015 y en aรฑo 2016 tendrรก revisiรณn tรฉcnica, es decir, lo que supere el IPC el 1ยด3% se aplicarรก a las tablas del aรฑo 2016 para la elaboraciรณn de las tablas de 2017, pero no cobrarรกn atrasos.

Plus antigรผedad: El Plus de antigรผedad para los trabajadores estarรก limitada a dos quinquenios del 5% cada uno para los trabajadores que aรบn no los tengan y para los trabajadores que a fecha 16 de abril ya los han superado, se les incrementarรก el quinquenio que tienen en fase de devengo y consolidaran dicho importe como complemento ad personam, siendo revalorizable con los incrementos del convenio pero no devengarรกn mรกs quinquenios.

Clausula de ultractividad: Se mantiene la vigencia de las condiciones pactadas en este Convenio hasta que no se acuerden otras en un prรณximo Convenio.

Licencias: Se ha adecuado el texto del Convenio al Estatuto de los Trabajadores en cuanto a las licencias por enfermedad grave y hospitalizaciรณn e intervenciรณn quirรบrgica sin hospitalizaciรณn que precise reposo domiciliario y a lo acordado en el Acuerdo Estatal del Metal sobre periodos de prueba y , contrataciรณn, rรฉgimen disciplinario.

Igualdad: Se ha regulado el apartado de igualdad, creando una Comisiรณn de igualdad para analizar los aspectos derivados de la igualdad, tanto en la igualdad de oportunidades, el empleo, la formaciรณn, la promociรณn y el desarrollo en el trabajo y la igualdad salarial., asรญ como, la regulaciรณn procedimiento de actuaciรณn en situaciones de acoso.

Tan pronto aparezca publicado el Convenio en el Boletรญn Oficial de la provincia de Alicante, se lo remitiremos a todos Ustedes desde APEME.

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