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ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN

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Jueves, Marzo 18, 2010 Por APEME
Señal Alta Tension

La Dirección General de Industria e Innovación ha dictado tres Resoluciones de las que ha dado traslado a APEME, si bien con fecha de hoy 18 de marzo, no han sido publicadas en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, por lo que por nuestra parte, respetando los preceptos legales no hemos pasado a informarles de las mismas hasta su publicación, hecho que probablemente se produzca en los próximos días.

No obstante les anticipamos, a modo de resumen, los contenidos de las Circulares Informativas que tenemos previsto remitirles la semana próxima.

1º.- Por Resolución de 10 de marzo de 2010, de la Dirección General de Industria e Innovación, se aprueban las bases de la convocatoria ordinaria 1/2010 de los exámenes teórico-prácticos a los que se refiere el Capitulo V de la Orden de 23 de Abril de 1997, por la que se regula el procedimiento de expedición de los carnés profesionales a ellos vinculados y se establece el plazo de presentación de solicitudes para la admisión a las citadas pruebas. Al margen de todos los carnés profesionales que vienen siendo motivo de convocatoria de exámenes periódicamente, cabe reseñar la incorporación a esta convocatoria de las pruebas previstas en el inciso c) del punto 4.2 de la ITC-LAT 03 >, del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.

Los carnés a los que se puede optar en esta modalidad son:
ILAT1. Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta tensión de la categoría LAT1 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión de hasta 30 kV)
ILAT2. Carné profesional de Instalador de Líneas de Alta tensión de la categoría LAT2 (para líneas aéreas y subterráneas de alta tensión superior a 30 kV)

2º.- Se establece también el procedimiento de inscripción el el Registro de Empresas Instaladoras/Mantenedoras de la Consellería de Industria e Innovación de dos nuevas categorías de empresas, las clasificadas como ATL1 Instaladora de líneas aéreas o subterráneas de alta tensión 30 kV. Para ello será preciso efectuar una Declaración Responsable en la que se manifieste que se cumplen los requisitos previstos en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento.

3º.- Finalmente también les anticipamos la resolución de 10 de marzo de 2010, de la Dirección General de Industria e Innovación, por la que se establece el procedimiento para acreditar la realización de líneas eléctricas de alta tensión por empresas instaladoras y mantenedoras para acogerse a la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

En APEME nos encontramos trabajando sobre todos estos temas, al objeto de poder remitirles tan pronto sea posible toda la información que les hemos comentado. Anticiparles también que, para el próximo mes de Abril, está prevista la realización de Cursos sobre el nuevo Reglamento de Alta Tensión, de cuya realización les daremos puntual información.