El Convenio Colectivo para la industria, los servicios y las tecnologías del sector del metal de la provincia de Alicante, establece la obligación, para todas las empresas y autónomos que tengan empleados a su cargo, de escoger entre:
- Participar activamente en un plan formativo destinado a las personas trabajadoras que estén empleadas.
- Abonar a cada persona trabajadora un plus compensatorio de formación de treinta (30) euros brutos mensuales con efectos desde el 01 de enero de 2025.
En concreto, si se opta por participar activamente en los planes de formación, el Convenio Colectivo para la industria, los servicios y las tecnologías del sector del metal de la provincia de Alicante establece como válidos, entre otros el siguiente sistema de acreditación:
- Mediante certificación expedida por la Comisión Paritaria del Convenio Provincial.
El proceso para la certificación ha sido publicado el pasado 04-06-2.025 por la comisión paritaria y recoge como principales características las siguientes:
- La vigencia de plan es de un año.
- El proceso de certificación es digital.
- Tendrá que ser presentado individualmente por cada empresa afectada.
Será necesario el pago de una tasa en función del número de trabajadores:

- La mera presentación de la solicitud suspenderá la aplicación del art 89B del convenio provincial, (donde se establece la obligatoriedad del plus de formación) hasta la resolución definitiva de la misma.
- Las renovaciones anuales deben de presentarse un mes antes de su vencimiento y el plazo de presentación es hasta el 30 de septiembre.
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