Aprobado el Real Decreto que regula el autoconsumo eléctrico en España

Autoconsumo solar

El Consejo de Ministros del 9 de octubre ha aprobado el Real Decreto que regula las condiciones para el suministro y la producción de electricidad con autoconsumo. Ha sido publicado en el BOE del sábado día 10 de octubre.
En él se establece el marco normativo que fija el reparto de las cargas del sistema eléctrico para asegurar la sostenibilidad del mismo.
El autoconsumidor es un consumidor que autogenera una parte de la propia energía que consume, y en muchas ocasiones utiliza energías renovables.

Reparto de las cargas del sistema

Se establece que quienes producen y consumen su propia energía sin estar conectados a la red eléctrica no han de asumir ningún coste del sistema eléctrico, al no utilizarlo.
Un autoconsumidor conectado al sistema eléctrico no pagará por la energía que autoproduce, ni tampoco por los impuestos asociados ni las pérdidas del sistema. Sin embargo, el RD establece que tendrá que contribuir a los costes generales del sistema. Se exceptúa de estos costes a: los consumidores en las islas y a los pequeños consumidores de potencia contratada hasta 10 kW.

Registro de instalaciones de autoconsumo

Se contempla la creación de un registro de las instalaciones de autoconsumo para identificar las instalaciones de generación existentes en la red y garantizar así las condiciones de seguridad de la misma.
El Real Decreto da un plazo de seis meses para que las instalaciones existentes se adapten a la nueva legislación.
En este enlace disponen del texto completo de la disposición: BOE-A-2015-10927.

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