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80/12. Decreto 141/2012 del Consell Valenciano

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Lunes, Octubre 1, 2012 Por APEME
Decreto 141/2012 del Consell Valenciano

Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales

El Diario oficial de la Comunidad Valenciana, de hoy 1 de octubre, recoge el Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales. Con este Decreto, la Generalitat deroga 2 decretos y 9 órdenes en materia de industria y seguridad industrial, lo que implica la eliminación de trámites de administración y la simplificación de muchos otros para abrir nuevas empresas del sector industrial.

El Decreto aprobado el pasado viernes por el Pleno del Consell, supone la simplificación administrativa de los procedimientos para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales y la modificación del decreto por el que se establece el régimen de los organismos de control en materia de seguridad industrial en el ámbito de la Comunidad. La medida se enmarca dentro del Plan de Simplificación y Reducción de Cargas Administrativas (SIRCA) 2010-2012, y tiene como objetivo "adaptar los procedimientos administrativos a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas y las microempresas, sin desatender la protección a los ciudadanos en materia de seguridad y medio ambiente. Con las normas aprobadas, se logra la supresión de las autorizaciones previas a favor de declaraciones responsables en relación con diversas actividades industriales, de manera que se "agiliza" el inicio de la actividad empresarial.

El paquete normativo aprobado por el Consell supone la liberalización del ejercicio de la actividad de instalador de fontanería, al suprimir la necesidad de disponer de un carnet acreditativo, de acuerdo con la normativa europea y estatal. También se suprime la necesidad de obtener el boletín de la instalación como requisito previo de la Generalitat para suscribir un contrato de suministro de agua, por tratarse de una competencia municipal, por lo que podrá ser solicitado, en su caso, por las administraciones locales.

Se suprime la obligatoriedad de inscripción en el registro de mantenedores de alta tensión (REMAT), que de igual modo pasará a estar regulada conforme a la normativa estatal. En cualquier caso, para garantizar la seguridad de estas instalaciones, la Generalitat intensificará el control sobre los mantenimientos mediante la explotación de una herramienta informática que estará lista en el plazo de seis meses. El objetivo del Consell es crear un censo de Subestaciones y Centros de Transformación, informatizado, en el cual se incluirán los datos básicos de la instalación, así como la fecha de revisión periódica obligatoria.

Por otra parte, desaparecen los registros provinciales de empresas conservadoras de ascensores, con lo que se mantiene únicamente el registro autonómico. Asimismo, se deroga el procedimiento de actuación de control de los organismos de Control y Acreditación (OCA) en inspecciones periódicas de ascensores y grúas torre por estar ya incluido en otra normativa.

Se elimina la obligación de renovar la acreditación en el caso de las actividades de empresas instaladoras/mantenedoras/reparadoras de equipos e instalaciones industriales, que pasa a ser indefinida.

Se suprime la necesidad de que las empresas de reparación de vehículos cuenten con un responsable del taller, en aplicación de la directiva europea de servicios, en aplicación de la misma que impide poner trabas al libra ejercicio de una profesión. La Generalitat tiene previsto intensificar las inspecciones con el fin de garantizar la profesionalidad de estas empresas.

Finalmente, el inicio de la actividad de los Organismos de Control y el acceso profesional a la actividad de mantenimiento de aparatos elevadores podrá realizarse con la presentación previa de una declaración responsable.

El Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOCV, es decir, mañana martes 2 de octubre, no obstante, la derogación de la Orden de 9 de diciembre de 1987, de la Consellería de Industria, Comercio y Turismo, sobre mantenimiento de subestaciones eléctricas y centros de transformación, entrará en vigor a los seis meses de la publicación (02/04/2013).

Como pueden ver de este pequeño y rápido resumen que les hemos preparado, ya que el Decreto ha salido publicado en el DOCV de hoy 1 de octubre, y de la lectura del texto integro de la normativa que les adjuntamos, va a suponer una serie de importantes modificaciones en los procedimientos administrativos, en los que desde APEME permaneceremos muy atentos para ir informándoles puntualmente a medida que se vayan produciendo. La Asesoría Técnica de la Asociación, queda a su disposición para cualquier aclaración que deseen sobre el contenido de este informe.