Como ya se comunicó mediante circular a finales del año pasado, la Ley 17/2009 transpuso la Directiva Europea de Servicios. Esta ley modificó diversas leyes y entre ellas la Ley de Seguridad Privada, ello ha supuesto una modificación del RD 2364/1994 (Reglamento de Seguridad Privada).
La disposición, ahora aprobada, RD 195/2010, modifica el Reglamento de Seguridad Privada existente. Todos estos cambios legislativos, acontecidos desde final del año 2009, posibilitan que nuestras empresas puedan realizar instalaciones de alarmas de seguridad (anti-intrusión) y circuito cerrado de televisión, siempre que no se conecten a Central de Recepción de Alarmas, y cumplan la reglamentación técnica que le sea de aplicación.
Por su importancia se reproduce la disposición adicional quinta en el texto de la circular informativa.