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21/11. RENOVACION DE LA INSCRIPCION EN EL REA

El REAL DECRETO 1109/2007 de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción en su artículo 6, indica:

“La inscripción tendrá un periodo de validez de tres años, renovables por periodos iguales. A tal efecto, las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción el Registro de Empresas Acreditadas dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez. Transcurrido el período de validez de la inscripción sin que se hubiese solicitad en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el Registro”

Como todos Uds. conocen, las primeras inscripciones en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) se realizaron en agosto de 2008 y meses sucesivos, por lo que estamos en el inicio del período de renovación.

Desde este momento, los servicios administrativos de APEME se ponen a disposición de las empresas asociadas para facilitarles el procedimiento de Renovación en el REA, siendo para ello necesario que nos aporten los documentos que se indican en nuestra Circular Informativa Nº 21/2011, que adjuntamos a este Boletín.

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