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15/14. Nueva metodología para la determinación de los derechos de acceso

El Real Decreto 1048/2013, viene a establecer una nueva metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica. Esta disposición anula: 

  • El RD 222/2008, salvo la disposición transitoria cuarta. Este real decreto definía el anterior régimen retributivo de la actividad de distribución.
  • Del RD 1955/2000, que regula las actividades de transporte distribución, comercialización y procedimiento de autorización, quedan anulados los artículos: 44, 45, 47, 49, 50 y 51. Estos artículos determinaban el régimen económico de las acometidas eléctricas.

 

El RD 1048/2013 define múltiples cuestiones relacionadas en el ámbito de  la distribución eléctrica. El Capítulo VII es importante para las empresas asociadas ya que define el nuevo régimen de acometidas eléctricas aplicable.

En el apartado de «Normativa Eléctrica» y dentro de «Compañías Distribuidoras», disponen del texto íntegro del Real Decreto así como el Capítulo VII y el Anexo V que define el importe de los derechos a fecha de hoy. Por su interés se reproduce también el artículo 12.3.b de la ley del Suelo que define las situaciones básicas de suelo para su calificación.

Pinche: http://www.fiecov.com/apeme/informacion/138/companias-distribuidoras/

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