Como les informรกbamos en nuestra Circular Informativa 03/2011, tras la Sentencia de 27 de octubre de 2010, del Tribunal Supremo quedรณ suprimida la obligatoriedad de contar con la Tarjeta Profesional de la Construcciรณn a partir del dรญa 31 de diciembre de 2011 como determinaba el IV Convenio General del Sector de la Construcciรณn. Sin embargo sรญ se mantiene la obligatoriedad en lo que se refiere a la formaciรณn en materia de prevenciรณn de riesgos laborales que tienen que tener tanto los empresarios como los trabajadores que trabajen en obras de construcciรณn, a partir del dรญa 1 de Enero de 2012.
Para aquellas empresas que a fecha de hoy, sus directivos o trabajadores, no cuentan con la formaciรณn obligatoria en esta materia, APEME les posibilita su realizaciรณn para lo cual se ha establecido el calendario y procedimiento que pueden ver en nuestra Circular Nยบ 02/2012 que les adjuntamos.