Como les informábamos en nuestra Circular Informativa 03/2011, tras la Sentencia de 27 de octubre de 2010, del Tribunal Supremo quedó suprimida la obligatoriedad de contar con la Tarjeta Profesional de la Construcción a partir del día 31 de diciembre de 2011 como determinaba el IV Convenio General del Sector de la Construcción. Sin embargo sí se mantiene la obligatoriedad en lo que se refiere a la formación en materia de prevención de riesgos laborales que tienen que tener tanto los empresarios como los trabajadores que trabajen en obras de construcción, a partir del día 1 de Enero de 2012.
Para aquellas empresas que a fecha de hoy, sus directivos o trabajadores, no cuentan con la formación obligatoria en esta materia, APEME les posibilita su realización para lo cual se ha establecido el calendario y procedimiento que pueden ver en nuestra Circular Nº 02/2012 que les adjuntamos.